ONP / Comisión del Congreso aprueba retiro de aportes

Con siete votos a favor se aprobó el dictamen del proyecto de ley 4977 que establece el procedimiento para que los aportantes activos y no activos puedan acceder al retiro de los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) con el propósito de proteger la economía familiar.

En concreto, autoriza a los aportantes inactivos que no hayan realizado aportaciones en los últimos 12 meses para que de forma voluntaria pueden retirar hasta el 100% del total de los aportes realizados durante su vida laboral.

Aportantes Activos :

En el caso de los afiliados que siguen aportando actualmente , se autoriza el retiro extraordinario de hasta 1 UIT (S/ 4,300) de sus aportes.

¿Como sería la entrega de los aportes?

En el caso de los aportantes no activos la entrega sería de la siguiente manera:

  • El 34% en plazo máximo de 30 días calendarios después de aprobada la solicitud ante la ONP.
  • El 33% a los 60 días calendarios computados a partir del primer desembolso.
  • El 33% a los 90 días calendarios computados a partir del segundo desembolso.
  • El desembolso de los intereses generados por las aportaciones realizadas serán entregados a los 60 días calendarios del tercer desembolso.

En el caso de los aportantes activos la entrega sería de la siguiente manera:

  • El 50% en un plazo máximo de 15 días calendarios después de aprobada la solicitud ante la ONP.
  • El 50% a los 30 días calendarios computados a partir del primer desembolso a que se refiere el literal anterior.

El dictamen añade que el retiro de los fondos mantiene la condición de intangibles, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación sea de orden judicial o administrativa.

También se añade que será la ONP la que determinará el procedimiento operativo el cálculo de las aportaciones incluidos los intereses generados por las aportaciones realizadas, en un plazo que no excederá los 15 días calendarios de publicada la norma.

Se incluye que las respuestas a las solicitudes de los aportantes se realizará en un plazo máximo de 7 días hábiles, caso contrario se aplicará el silencio positivo.

Fuente : Gestión

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